
Documentos notariales
La escritura pública es un documento público otorgado ante notario que ofrece la máxima seguridad jurídica en nuestro derecho. Tiene unos efectos poderosos, regulados específicamente por las leyes, que superan con mucho los que tiene un documento privado. Las administraciones, los jueces y la sociedad en general atribuyen credibilidad absoluta a los hechos o declaraciones que constan en una escritura pública.
Se sustenta sobre una normativa precisa, reúne condiciones de autenticidad (lo que en ella se recoge es cierto), ejecutoriedad (el acuerdo se lleva a la práctica sin necesidad de más pruebas) y legalidad (se ajusta a lo que dicen las leyes). Los particulares que firman una escritura pública tienen la seguridad de que nadie podrá poner en duda su veracidad.
Es un documento íntegro que no precisa ninguna comprobación o contraste y que tiene, por sí mismo, la plena eficacia que le da la ley desde el mismo momento en que el notario lo autoriza. Es un instrumento ejecutivo que posee fuerza probatoria de las fechas, de los hechos y de las declaraciones que contiene.
La escritura solo circula mediante copias, ya sean en papel o electrónicas; la matriz que contiene las firmas originales de los otorgantes se guarda formando protocolo en el despacho del notario que la autoriza. Posteriormente pasa a los archivos notariales de cada colegio y luego al Archivo Histórico. La escritura pública es para siempre.
- Herencia.
- Testamento.
- Capitulaciones matrimoniales.
- Poder.
- Acta.
- Compraventa.
- Préstamo hipotecario.
- Constitución de sociedades mercantiles.
- Declaración de herederos abintestato.
- Póliza.
- Legitimaciones de firma y testimonio de documentos.
Hay que tener en cuenta que la herencia está integrada tanto por los bienes y derechos del difunto como por sus deudas y que estas se transmiten a los herederos al igual que los bienes. Por tanto, en la partición deberán inventariarse y ser objeto de adjudicación también las deudas del fallecido.
Testamento: acto jurídico, individual, libre y revocable por el que una persona regula su sucesión nombrando uno o más herederos. La práctica más habitual y segura es el testamento ante notario.
Volver
Capitulaciones matrimoniales: acuerdo entre cónyuges cuyo objetivo esencial es pactar un régimen económico conyugal, así como liquidar el anterior. También las pueden otorgar aquellos no casados, que en el año siguiente vayan a contraer matrimonio.
Atención personalizada
Nuestro modelo de atención empieza por entender a cada cliente de forma individualizada, de esta manera, en la notaría mantenemos un diálogo abierto con nuestros clientes para ayudarles a solventar sus necesidades.
Así, es como entendemos la cercanía con nuestros clientes y el rasgo diferencial y exclusivo de la notaría se fundamenta en la accesibilidad al personal de la notaría y una metodología eficaz.
